Nueva normativa que afecta a la carga y descarga de camiones de 7.5 toneladas

El 3 de marzo de 2022, se aprobó una nueva normativa para los trabajadores del sector de transportes. Con esta nueva normativa, se prohíbe que los conductores participen en las actividades de carga y descarga en los camiones de más de 7,5 toneladas.

En la norma se estableció una moratoria para su entrada en vigor de 6 meses, y así poder dar tiempo de adaptación a los centros de carga para contratar y formar al personal necesario para la realización de dichas tareas.

Esto significa que entró en vigor el pasado 2 de septiembre, y, por tanto, se debe cumplir esta norma. Su incumplimiento puede suponer una multa de entre 4000€ y 6000€ que recaerá para, tanto la empresa de transporte, como al titular del centro de carga o descarga. También supone consecuencias en el ámbito de prevención de riesgos laborales o incluso en el ámbito penal si se ocasiona un accidente al realizar estas tareas el conductor.

Por supuesto, esta norma, el Real Decreto-ley 3/2022, presenta excepciones para determinadas especialidades que requieren que el conductor se encargue de la carga y descarga de las mercancías, pero la empresa transportista debería diferenciarlo como un suplemento no incluido en el precio del transporte, para cubrir los costes de estas tareas. Ejemplos de esto serían las grúas de carretera, los transportes de animales o las mudanzas, entre otros.